Calculadora del modelo 130 (pago fraccionado de IRPF)
Escribe lo que llevas del año hasta el final del trimestre: ingresos, gastos, pagos del 130 de trimestres anteriores y retenciones que te han practicado. Verás el pago fraccionado, casilla a casilla.
Datos de ejemplo
- Rendimiento neto (03)
- 8.000,00 €
- 20 % del rendimiento (04)
- 1.600,00 €
- Pagos de trimestres anteriores (05)
- − 0,00 €
- Retenciones soportadas (06)
- − 0,00 €
Cómo se ha calculado
- 03 = ingresos − gastos: 10.000,00 € − 2.000,00 € = 8.000,00 €
- 04 = 20 % de 8.000,00 € = 1.600,00 €
- 07 = 1.600,00 € − 0,00 € − 0,00 € = 1.600,00 €
- Resultado = 1.600,00 € − 0,00 € = 1.600,00 €
No incluye la deducción por vivienda habitual ni resultados negativos de trimestres anteriores.
Resultado orientativo: no sustituye el consejo de un gestor.
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Impuestos suma ingresos, gastos y retenciones de tus facturas y prepara un borrador orientativo del modelo 130.
Ver el módulo Impuestos Crear cuenta gratis¿Cómo se calcula el modelo 130?
El pago fraccionado es el 20 % del rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero hasta el final del trimestre (ingresos menos gastos deducibles), menos los pagos de los trimestres anteriores del mismo año y menos las retenciones que te han practicado en ese periodo. Es un anticipo de tu declaración de la renta, no el impuesto definitivo.
¿Quién tiene que presentar el modelo 130?
Los autónomos en estimación directa (normal o simplificada) con actividad económica; en módulos se usa el modelo 131. No hay que presentarlo en actividades profesionales cuando, en el año natural anterior, al menos el 70 % de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta.
¿Cuándo se presenta el modelo 130?
Los tres primeros trimestres, del 1 al 20 de abril, julio y octubre; el cuarto trimestre, del 1 al 30 de enero del año siguiente. Si el último día cae en inhábil, pasa al siguiente día hábil. Si en un trimestre no sale cantidad a ingresar, hay que presentar igualmente una declaración negativa.
¿Qué es la minoración por rendimientos bajos?
Si el rendimiento neto del año anterior fue igual o inferior a 12.000 €, se resta una cantidad en cada pago: 100 € si fue de 9.000 € o menos, 75 € entre 9.000,01 y 10.000 €, 50 € entre 10.000,01 y 11.000 € y 25 € entre 11.000,01 y 12.000 €.
De la calculadora al borrador automático
Aquí calculas un trimestre a mano. El módulo Impuestos de FlexiFlow reúne tus facturas, gastos y retenciones y prepara un borrador orientativo del 130 y del 303.
Ejemplo resuelto: segundo trimestre
Hasta el 30 de junio llevas 25.000 € de ingresos y 9.000 € de gastos: rendimiento neto de 16.000 €. El 20 % son 3.200 €. Restas 1.600 € pagados en el primer trimestre y 800 € de retenciones: 800 €. Si tu rendimiento neto del año anterior fue de 9.500 €, la minoración es de 75 € y el pago queda en 725 €.
Minoración por rendimientos bajos del año anterior
| Rendimiento neto del año anterior | Minoración por pago |
|---|---|
| Hasta 9.000 € | 100 € |
| De 9.000,01 a 10.000 € | 75 € |
| De 10.000,01 a 11.000 € | 50 € |
| De 11.000,01 a 12.000 € | 25 € |
| Más de 12.000 € | Ninguna |
Cómo usar esta herramienta
- Escribe tus ingresos y gastos acumulados del año hasta el final del trimestre.
- Añade los pagos anteriores del 130 y las retenciones soportadas.
- Lee el pago fraccionado casilla a casilla.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga en el modelo 130?
El 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos los pagos de trimestres anteriores y las retenciones soportadas, y menos la minoración si te corresponde.
¿Puedo presentar el 130 si no tengo ingresos?
Sí, y en estimación directa debes presentarlo igualmente como declaración negativa cuando no resulte cantidad a ingresar.
¿Qué diferencia hay entre el modelo 130 y el 131?
El 130 es para estimación directa (normal o simplificada); el 131 es para estimación objetiva (módulos).
¿Es el impuesto definitivo?
No. Es un pago a cuenta de tu declaración anual de la renta.
¿Esta calculadora presenta el modelo?
No. Es una ayuda orientativa; el modelo se presenta en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Fuentes oficiales
- AEAT: importe de los pagos fraccionados (actualizado el 16 de marzo de 2026)
- AEAT: plazos de declaración e ingreso de los pagos fraccionados
- Reglamento del IRPF, arts. 95, 100 y 110 (BOE, consolidado a 7 de octubre de 2026)
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Revisado el 6 de noviembre de 2026. Resultado orientativo: no sustituye el consejo de un gestor.
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